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domingo, 6 de enero de 2019

CAUSA DE CANONIZACIÓN DEL P. ARRUPE




El Cardenal Angelo De Donatis, Vicario del Papa Francisco para la Diócesis de Roma, promulgó, el día 3 de diciembre de 2018, el siguiente edicto. Encomendemos al Señor la arribada a buen puerto de esta causa.



Causa de Beatificación y  Canonización del Siervo de Dios PEDRO ARRUPE GONDRA, S.J.



EDICTO

  
El 5 de febrero de 1991 moría en Roma el Siervo de Dios Pedro Arrupe Gondra, S.J. El Siervo de Dios, ingresado en la Compañía de Jesús en 1927, y recibida la ordenación sacerdotal, en 1938 fue enviado al Japón, donde fue primero maestro de novicios y luego Provincial. En 1965 fue elegido el 28º Prepósito General de la Compañía de Jesús. Una grave enfermedad que le sobrevino en 1981 le impidió comunicarse y moverse. En septiembre de 1983 la Congregación General aceptó su renuncia a Prepósito General. El Siervo de Dios se consagró a la causa del Reino de Dios, profesando su fe y promoviendo la inculturación en el campo de la evangelización. Su vida estuvo llena de gestos de caridad, de amor a la Iglesia y de fiel obediencia a los Sumos Pontífices.  Se dejó guiar de la sabiduría y la libertad que provienen del Espíritu Santo. Fue un atento observador de los “signos de los tiempos”, así como “profeta de la renovación conciliar”. Hoy día la figura del Siervo de Dios continúa siendo admirada y venerada tanto dentro de la Compañía como en todo el mundo.
Con una fama de santidad, con el paso de los años, en constante aumento, y habiéndose pedido formalmente iniciar la Causa de Beatificación y Canonización del Siervo de Dios, al ponerlo en conocimiento de la Comunidad eclesial invitamos a todos y a cada uno de los fieles a comunicar directamente o a hacer llegar al Tribunal Diocesano del Vicariato de Roma (Piazza S. Giovanni in Laterano, 6 -00184 ROMA) toda noticia que contenga elementos favorables o contrarios a la fama de santidad de dicho Siervo de Dios.
Debiéndose, además, recogerse -de acuerdo con las disposiciones legales- todos los escritos atribuidos a él, ordenamos, con el presente EDICTO, a quienes estuvieren en su posesión, remitir con la debida diligencia al mismo Tribunal cualquier escrito que tenga como autor al Siervo de Dios, a no ser que ya haya sido entregado a la Postulación de la Causa.
Recordamos que no se consideran “escritos” solo las obras impresas -que ya han sido recogidas-, sino también manuscritos, diarios, cartas y todo otro texto privado del Siervo de Dios. Quienes desearen conservar sus originales, podrán presentar una copia debidamente autenticada.
Determinamos, en fin, que el presente EDICTO quede expuesto durante dos meses en las puertas del Vicariato de Roma y que sea asimismo publicado en los diarios L 'Osservatore Romano y Avvenire, así como en un boletín de la Compañía de Jesús.

Dado en Roma, en la Sede del Vicariato, el 3 de diciembre de 2018.
  
                                                                                                      ANGELO Card. DE DONATIS
                                                                                                       Vic. Gen.
Marcello Terramani 
           Notario

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