El Cardenal Angelo De Donatis, Vicario del Papa Francisco para la Diócesis de Roma, promulgó, el día 3 de diciembre de 2018, el siguiente edicto. Encomendemos al Señor la arribada a buen puerto de esta causa.
Causa de Beatificación y Canonización
del Siervo de Dios PEDRO ARRUPE GONDRA, S.J.
EDICTO
El 5 de febrero de 1991 moría en Roma el Siervo de Dios Pedro Arrupe Gondra, S.J. El Siervo de Dios, ingresado en la Compañía
de Jesús en 1927,
y recibida la ordenación sacerdotal,
en 1938 fue enviado
al Japón, donde fue primero
maestro de novicios
y luego Provincial.
En 1965 fue elegido el 28º Prepósito
General de la Compañía de Jesús. Una grave enfermedad
que le sobrevino en 1981 le impidió
comunicarse y moverse.
En septiembre de 1983 la Congregación General
aceptó su renuncia
a Prepósito General.
El Siervo de Dios se consagró a la causa del Reino de Dios, profesando su fe y promoviendo la inculturación en el campo de la evangelización. Su vida estuvo llena de gestos de caridad, de amor a la Iglesia
y de fiel obediencia a los Sumos
Pontífices. Se dejó guiar
de la sabiduría y la libertad
que provienen del Espíritu
Santo. Fue un atento observador de los “signos
de los tiempos”, así como “profeta de la renovación conciliar”. Hoy día la figura
del Siervo de Dios continúa
siendo admirada y venerada
tanto dentro de la Compañía
como en todo el mundo.
Con una fama de santidad, con el paso de los años, en constante aumento,
y habiéndose pedido formalmente iniciar
la Causa de Beatificación y Canonización del Siervo de Dios, al ponerlo en conocimiento de la Comunidad eclesial invitamos a todos y a cada uno de los fieles a comunicar
directamente o a hacer llegar al Tribunal
Diocesano del Vicariato
de Roma (Piazza S. Giovanni in Laterano, 6 -00184 ROMA) toda noticia que contenga elementos favorables o contrarios
a la fama de santidad
de dicho Siervo de Dios.
Debiéndose, además, recogerse
-de acuerdo con las disposiciones legales- todos los escritos atribuidos a él, ordenamos, con el presente
EDICTO, a quienes estuvieren en su posesión,
remitir con la debida diligencia al mismo Tribunal
cualquier escrito que tenga como autor al Siervo de Dios, a no ser que ya haya sido entregado a la Postulación de la Causa.
Recordamos que no se consideran “escritos” solo las obras impresas
-que ya han sido recogidas-, sino también manuscritos, diarios, cartas y todo otro texto privado
del Siervo de Dios. Quienes
desearen conservar sus originales, podrán
presentar una copia debidamente
autenticada.
Determinamos, en fin, que el presente EDICTO quede expuesto
durante dos meses en
las puertas
del Vicariato de Roma y que sea asimismo publicado
en los diarios L 'Osservatore Romano y Avvenire, así como en un boletín
de la Compañía de Jesús.
Dado en Roma, en la Sede del Vicariato, el 3 de diciembre de 2018.
ANGELO Card. DE DONATIS
Vic. Gen.
Marcello Terramani
Notario
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